PPM: qué es y cómo se paga el pago provisional mensual

Respuesta corta: El PPM (pago provisional mensual) es un anticipo obligatorio del impuesto a la renta anual: cada mes pagas al SII un porcentaje de tus ingresos brutos a través del Formulario 29, y en la Operación Renta de abril esos abonos se descuentan del impuesto que te corresponde pagar; si anticipaste de más, el SII te devuelve la diferencia. Las tasas dependen del régimen: en Pro Pyme General la tasa base es 0,25% (0,5% si los ingresos superan las 50.000 UF), pero la Ley 21.755 la rebajó transitoriamente a la mitad —0,125%— para los años comerciales 2025 a 2027; en Pro Pyme Transparente la tasa es 0,2%, y en el régimen general la tasa es variable y se recalcula cada año según tus resultados anteriores. Los independientes que emiten boletas de honorarios también hacen pagos provisionales: la retención (15,25% en 2026) cumple ese rol, o deben enterarla ellos mismos en el F29 cuando el cliente no retiene.

Si miras tu Formulario 29 y ves un cobro que no es IVA, lo más probable es que sea el PPM. No es un impuesto adicional: es un abono a cuenta del impuesto a la renta que declararás en abril. Entender cómo funciona te evita sustos y te ayuda a proyectar tu flujo de caja.

¿Qué es el PPM exactamente?

El pago provisional mensual es un anticipo obligatorio del impuesto a la renta anual. Cada mes pagas un porcentaje de tus ingresos brutos y, cuando llega la declaración de renta, esos pagos acumulados se imputan al impuesto que resulte:

Por eso muchas pymes reciben devolución en mayo: anticiparon más de lo que finalmente debían.

¿Cuánto se paga? Tasas por régimen

Régimen Tasa base Vigente 2026
Pro Pyme General (art. 14 D N°3) 0,25% de los ingresos brutos (0,5% si superan 50.000 UF) 0,125% por rebaja transitoria Ley 21.755
Pro Pyme Transparente (art. 14 D N°8) 0,2% (0,5% si ingresos superan 50.000 UF) 0,2% (la rebaja no le aplica)
Régimen general (art. 14 A) Tasa variable según año anterior Sin cambios
Honorarios (segunda categoría) Igual a la retención vigente 15,25%

Puntos clave de la tabla:

¿Cómo se paga el PPM mes a mes?

El PPM no tiene un formulario propio: viaja dentro del F29, la misma declaración mensual del IVA.

  1. Calcula tus ingresos brutos del mes (ventas netas, sin IVA).
  2. Aplica la tasa de tu régimen (por ejemplo, 0,125% en Pro Pyme General durante 2026).
  3. Declara el monto en la línea de PPM del F29 — la propuesta del SII suele precalcularlo con tus documentos electrónicos.
  4. Paga junto con el resto del formulario, dentro del plazo. El paso a paso completo está en cómo declarar y pagar el F29.

Si un mes no tuviste ingresos, no se genera PPM, pero el F29 se presenta igual.

¿Se puede rebajar o suspender el PPM?

En situaciones acotadas, sí. La ley permite suspender los PPM cuando la empresa registra pérdida tributaria en el ejercicio, por trimestres, cumpliendo los requisitos del artículo 90 de la Ley de la Renta. Además, en años de crisis se han dictado rebajas transitorias por ley, como la actual de la Ley 21.755. Si tu negocio está en pérdida sostenida, vale la pena revisarlo con apoyo contable antes de dejar de pagar por tu cuenta.

Errores comunes con el PPM

Cierre: úsalo a tu favor

El PPM bien llevado es ahorro forzoso para el impuesto anual: llegas a abril con gran parte del pago hecho y, con frecuencia, con devolución a favor. Revisa que tu contador esté aplicando la tasa correcta de 2026, verifica el precálculo del SII en cada F29 y proyecta tu Operación Renta con los PPM acumulados que puedes consultar en tu situación tributaria en sii.cl.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si pago más PPM que el impuesto anual?

En la Operación Renta el SII compara tus PPM acumulados con el impuesto determinado. Si anticipaste de más, la diferencia se te devuelve, generalmente durante mayo, en la cuenta bancaria que registres.

¿Cuál es la tasa de PPM para una pyme en 2026?

En el régimen Pro Pyme General la tasa base es 0,25%, pero la Ley 21.755 la rebajó a 0,125% para los años comerciales 2025, 2026 y 2027. En Pro Pyme Transparente se mantiene en 0,2% mientras los ingresos no superen las 50.000 UF.

¿Estoy obligado a pagar PPM si tuve un mes sin ventas?

El PPM se calcula como porcentaje de los ingresos brutos del mes. Si no tuviste ingresos, no se genera PPM ese mes, pero igual debes presentar el F29 (sin movimiento si corresponde).

¿Los que emiten boletas de honorarios pagan PPM?

Sí. Cuando el cliente es empresa, la retención del 15,25% (2026) opera como pago provisional. Si el cliente es persona natural y no retiene, el emisor debe pagar el mismo porcentaje como PPM en el F29.

Fuentes oficiales